Instituciones Penitenciarias suspende todas las conducciones y visitas de investigadores, alumnos en prácticas y otras visitas análogas
La Secretaría General ha enviado un escrito a los directores de los centros recordándoles las indicaciones para otras posibles restricciones.
13 de enero de 2021.- La Secretaría General de Instituciones Penitenciarias (IIPP) ha remitido un escrito a los centros penitenciarios en el que, ante la evolución de la COVID-19 en todo el ámbito estatal, se recuerdan las medidas que los centros deben adoptar y se incluyen nuevas pautas.
Entre ellas, IIPP ha decidido suspender de forma temporal todas las conducciones de internos e internas, salvo aquellas fundamentadas en razones sanitarias, judiciales, y las que sean estrictamente necesarias. No se incluyen las que se deriven de progresiones o regresiones de grado que impliquen la semilibertad o el regreso al régimen ordinario.
Así mismo, se ha decidido suspender también las visitas al interior de los centros penitenciarios de investigadores, alumnos en prácticas y otras visitas análogas.
Otras medidas
Como ya se decidió el mes de noviembre, se deja en manos de las direcciones de los centros otras decisiones para evitar la extensión del coronavirus; medidas que se adoptarán en función de la situación epidemiológica de la comunidad autónoma o de la provincia en la que se encuentren. También en función de las características de cada centro.
Entre esas medidas que pudieran adoptarse se encuentran:
- La suspensión de las comunicaciones especiales (familiares, íntimas y de convivencia) y –en casos extremos- las comunicaciones ordinarias (por locutorio).
- Restringir o reducir la entrada de personal de entidades colaboradoras u ONG.
- Restringir o reducir la entrada de monitores de talleres para la actividad laboral que deberán presentar justificante de no padecer la enfermedad.
- Aplazar o suspender las salidas programadas de los internos e internas previa comunicación al Juzgado de Vigilancia Penitenciaria si esa salida hubiera sido autorizada por dicho órgano
- Suspender temporalmente las salidas regulares al exterior que prevé el artículo 117 del Reglamento Penitenciario, previa notificación al interno o interna y comunicación al Juzgado de Vigilancia Penitenciaria.
La Secretaría General, a través de su página web (www.iipp.es), ofrece a las familias información periódica y actualizada sobre las restricciones de comunicaciones en cada uno de los centros penitenciarios.
Para paliar esas restricciones, se recuerda también a las direcciones de los centros la necesidad de ampliar en la medida de lo posible el número de llamadas autorizadas e incrementar las videollamadas, en especial para aquellos internos que, tras un ingreso procedente de libertad, se encuentren en cuarentena sanitaria.